LEY Nº 338 DE 26 DE ENERO DE 2013
“LEY DE ORGANIZACIONES ECONOMICAS CAMPESINAS, INDIGENA ORIGINARIAS – OECAS Y DE ORGANIZACIONES ECONOMICAS COMUNITARIAS – OECOM PARA LA INTEGRACIÓN DE LA AGRICULTURA FAMILIAR SUSTENTABLE Y LA SOBERANÍA ALIMENTARIA”
¿Que regula la Ley?
La norma regula la agricultura familiar sustentable y diversificada realizada por las Organizaciones Económicas Campesinas, Indígena Originarias – OECAS, Organizaciones Económicas Comunitarias – OECOM y las familias productoras indígena originario campesinas, interculturales y afrobolivianas organizadas en la agricultura familiar basadas en el uso y aprovechamiento de los componentes de la madre tierra vinculados a los diferentes mercados para contribuir a la soberanía alimentaria.
¿Cuál es su finalidad?
Contribuir al logro de la soberanía y seguridad alimentaria para el vivir bien a través de la agricultura familiar en armonía con la Madre Tierra; siendo la alimentación un derecho humano de interés público nacional.
¿Qué se entiende por agricultura familiar sustentable?
Es la producción generada por el trabajo familiar, con recursos productivos disponibles en armonía con la Madre Tierra para garantizar la soberanía alimentaria y que se desarrolla en varias etapas desde la producción hasta la comercialización; se caracteriza por la participación de los miembros de la familia, su contribución a la alimentación, uso de mano de obra familiar, es solidaria y recíproca, con énfasis en la diversificación productiva.
¿Qué son las OECAS y cuales sus principales características?
Son organizaciones económicas basadas en un modelo de desarrollo de producción solidaria y reciproca con auto gestión familiar que desarrollan actividades productivas solidarias para la soberanía alimentaria; su objeto es lograr el bienestar de sus miembros y la sociedad, Su objetivo económico es lograr excedentes para beneficio de las familias productoras se caracterizan por tener una vocación productiva, su ámbito de acción trasciende comunidades, provincias o departamentos, pues están constituidas como asociaciones o corporaciones de naturaleza rural.
¿Qué son las OECOM y cuales sus principales características?
Son pilares fundamentales de la revolución Productiva Comunitaria, se sustentan en las familias, se rigen por sus usos y procedimientos, su accionar se rigen por principios rectores valoran y recuperan sus saberes propios, trabajan de manera coordinada son el núcleo orgánico, productivo, social y cultural para el vivir bien, se basan en la economía comunitaria con autogestión indígena originaria campesina intercultural y afroboliviana, están afiliadas a sus propias estructuras.
¿Qué aspectos deben considerar las políticas públicas para la Agricultura Familiar?
Las políticas de fortalecimiento deben considerar a la agricultura familiar como el eje fundamental para la soberanía alimentaria, se basan en procesos de planificación y gestión pública, protección, fomento y fortalecimiento OECAN las encuestas periódicas y los Censos Nacionales Agropecuarios la generación, manejo, intercambio y acceso a la información relacionada a la cadena productiva y el acceso a la capacitación técnica, a la tecnología, a los créditos y la apertura de mercados.
¿Qué es el Registro Único de la Agricultura Familiar Sustentable?
Es el Registro creado para contar con información consolidada de las organizaciones y familias productoras, con el fin de acreditar a los sujetos de la agricultura familiar y cuantificar su aporte al desarrollo económico; destinado a acreditar a los sujetos de la agricultura familiar sustentable, será efectuado mediante reglamentación específica.
¿Cuál es la entidad cabeza de sector?
El Viceministerio de Desarrollo Rural Agropecuario es la autoridad competente para establecer programas y proyectos para el fortalecimiento de la agricultura familiar, con recursos del Tesoro General de la Nación para su desarrollo.