LEY Nº 1189 DE 17 DE JUNIO DE 2019
“LEY DE PRIORIDAD NACIONAL DE DESARROLLO,Y CRECIMIENTO DE LA CAJA NACIONAL DE SALUD”
¿Cuál el objeto de la Ley?
La norma tiene por objeto promover el desarrollo y crecimiento de la Caja Nacional de Salud – CNS, a fin de ayudar al ejercicio del derecho a la salud y a la seguridad social de corto plazo para los asegurados y beneficiarios.
¿Cuál es la medida que establece la Ley para cumplir con su objeto?
Se determina que la CNS priorizará la construcción de establecimientos en salud, entre los que se encuentran: 2 Hospitales de Segundo Nivel, 2 Hospitales de Tercer Nivel, 1 Centro de Enfermedades Cardíacas y Renales, 3 Centros Oncológicos, 2 Institutos de Investigación de Seguridad Social y Salud Ocupacional – IISSO y 57 Establecimientos de Salud de Primer Nivel de Atención.
¿Qué tipo de contrataciones debe realizar la CNS para materializar el cumplimiento de la Ley?
Para la construcción de los establecimientos de salud, se autoriza a la CNS la contratación llave en mano, desde el diseño, ejecución y puesta en marcha y comprende instalaciones, equipamiento, capacitación del personal, procesos que deben realizarse reglamentados en el marco de la oportunidad, competitividad, calidad y transparencia; mientras que para la adquisición de insumos en salud se autoriza a la CNS a realizar contratación directa en el mercado nacional o extranjero.
¿Cuál es la Autoridad de la CNS que está a cargo de la implementación de los establecimientos de salud y equipamiento de insumos?
Es el Gerente General de la CNS, la autoridad encargada de implementar las construcciones y la adquisición de insumos, tarea que debe ser fiscalizada por el Directorio, siendo tarea de la Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social de Corto Plazo – ASUSS, del Directorio de la CNS y de la COB; realizar el control y seguimiento de dichas labores.
¿Con que recursos se debe implementar las medidas que determina la Ley?
El financiamiento para la construcción y funcionamiento de los establecimientos de salud así como del equipamiento y adquisición de insumos, será realizado con Recursos Específicos y el rendimiento generado por las inversiones; asimismo se autoriza a la CNS el uso de hasta un 30% de sus saldos de caja y bancos.
¿En qué consiste el Sistema Informático Integral de Administración y Gestión de Salud?
Es un sistema que debe ser implementado en un plazo de 4 años considerando lineamientos de digitalización, interoperatividad, gestión, administración y uso de tecnologías de información y comunicación, así como simplificación de procesos; a fin de que todas las entidades públicas del sistema de salud resguarden la información, la deban interoperar en el marco de la Política Nacional de Gobierno Electrónico.