LEY N 1498
LEY DE 01 DE MARZO DE 2023
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. (MODIFICACIÓN DE DENOMINACIÓN).
Se modifica la denominación de la "Universidad Técnica de Pando" dispuesta en el Artículo 1 de la Ley N 653 de 18 de octubre de 1984, por "Universidad Amazónica de Pando" con sede en la ciudad de Cobija, Capital del Departamento de Pando, de conformidad a la Resolución N 15/94 de 7 de octubre de 1994, del VIII Congreso Nacional de Universidades de Bolivia, denominación que deberá ser utilizada en todos sus actos académicos y administrativos.
DISPOSICIÓN FINAL
ÚNICA.
Los diplomas académicos, títulos en provisión nacional y títulos profesionales en todos los niveles y grados que fueron otorgados y extendidos por la "Universidad Técnica de Pando" con la denominación de "Universidad Amazónica de Pando", tienen plena validez, así como las gestiones legales, administrativas y económicas realizadas.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los dos días del mes de febrero del año dos mil veintitrés.
Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Jerges Mercado Suárez, Roberto Padilla Bedoya, Jorge Yucra Zárate, Isidoro Quispe Huanca, José Maldonado Gemio.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los un días del mes de marzo del año dos mil veintitrés.
Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Edgar Pary Chambi.
SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO N° 690
03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.
TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021
www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo
Fuente:GACETA OFICAL DE BOLVIA